En el blog de hoy hacemos un recopilatorio de las 9 estafas más comunes a los que te puedes enfrentar cuando alquilas un piso. En Fincas Llopart ejercemos como Administradores de Fincas en Castelldefels y estamos habituados a la problemática que suele aparecer entre arrendadores e inquilinos.
Intentos de estafas más comunes y consejos para evitarlas
- El casero es responsable de las cosas que se rompan, excepto de aquellas que se desgasten debido al uso cotidiano del inmueble. Si lo que se estropea son electrodomésticos como la lavadora, el horno o la caldera, es el arrendador el que debe asumir el coste.
- No deberías pagar los gastos de comunidad. Según la ley de Arrendamientos Urbanos, la regla usual es que los gastos generales para el mantenimiento del piso los abone el arrendador, excepto en aquellos casos que se haya pactado lo contrario de forma expresa en el contrato.
- Antes de alquilar un piso, fíjate si en el anuncio especifica si es por agencia inmobiliaria. En caso afirmativo, debes tener en cuenta que deberás entregar un mes de fianza más un mes de honorarios que se queda la agencia.
- No te fíes de las fotos y mucho menos alquiles un piso sin haberlo visto antes.
- No te vayas sin testimonios gráficos. Es decir, antes de entregar las llaves para que te den tu fianza, haz fotos de cómo has dejado el piso en cuestión. Es recomendable hacerlas también al entrar, para que tengas una comparativa exacta de en qué estado abandonas el inmueble.
- Si te vas antes de lo acordado, deberás pagar. El desistimiento del contrato es un derecho cuando el acuerdo de arrendamiento que se ha pactado es de una duración superior a los cinco años. Según la Ley 29/1994, los requisitos son que el contrato haya durado al menos cinco años y que se comunique al arrendador con una antelación de dos meses. Para los casos de desistimiento, la ley permite a las partes pactar la obligación para el inquilino de abonar al casero un mes de renta por cada año que quede por cumplir.
- Duración del contrato. La ley de Arrendamientos Urbanos da libertad a las partes para pactar el tiempo que deseen que dure el contrato. No obstante, para proteger al inquilino se establece la prórroga obligatoria del contrato hasta cinco años, siempre que éste no manifieste al casero con treinta días de antelación que no desea renovarlo. Si transcurridos los cinco primeros años del contrato ninguna de las partes manifiesta su deseo de no renovarlo con un mes de antelación, éste continuará vigente por tres años más.
- Exige un inventario con los enseres y certifica antes de firmar el contrato que todo funciona correctamente y que está limpio. Es lo que los arrendadores te exigirán, por lo que haz tú lo mismo.
- Y como última recomendación, haz contrato siempre. Niégate a entregar una fianza o una mensualidad sin que haya de por medio, al menos, un papel en el que se diga que tu casero (con DNI y firma) recibió «x» cantidad. Si no lo haces, no habrá forma de demostrar que la has entregado.
Fuente: www.abc.com