Si vas a celebrar un contrato de arrendamiento y dispones de una mascota como un miembro más de tu familia, antes tendrás que conocer si tienes permitido vivir con ella.
Es decir, si quieres evitar cualquier problema al entrar a vivir en el inmueble, habla con el dueño (arrendador) de la vivienda para conocer su opinión sobre si acepta o no que entres a vivir con tu mascota y así poder firmar el contrato de arrendamiento.
La Ley de Arrendamientos Urbanos recoge que, será el dueño o arrendador del inmueble quien prohíba o no la entrada a vivir de animales en el domicilio que arrienda, pudiendo rescindir el contrato de arrendamiento con el inquilino si éste no le comunica previamente la tenencia de una mascota.
En caso de que, una vez que el contrato de arrendamiento se haya celebrado y el inquilino pretenda tener una mascota, tendrá que comunicárselo al propietario.
Si necesitas cualquier tipo de asesoramiento respecto a tu mascota o sigues teniendo dudas sobre si puedes entrar a vivir con ella en una vivienda arrendada, puedes ponerte en contacto con nosotros en el 936 651 922 o acercarte a nuestra oficina en Passeig Maritim 241 Bajo, Castelldefels, 08860 Barcelona. Allí nuestro equipo de profesionales podrá resolver todas tus dudas y ayudarte a encontrar la vivienda perfecta para ti.